El 11.05 el Gobierno ha abierto la actividad comercial para las embarcaciones de recreo o deportivas, con condiciones especiales según Plan para la Transición a una Nueva Normalidad (PTNN).
Según la orden del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) en los territorios de la provincia, isla o unidad territorial de referencia que entren en la fase 1, además de las actividades permitidas en la fase 0, la navegación de recreo podrá realizarse atendiendo a su consideración como turismo activo y de naturaleza por grupos limitados (actividades culturales y de ocio).
Así, se permitirá la navegación a las personas que tengan su domicilio en la misma provincia, isla o ciudad autónoma en que esté amarrada la embarcación. A bordo podán estar no más de 50% de las personas autorizadas en los certificados de la embarcación o aeronave, salvo que se trate de personas que conviven en el mismo domicilio, en que se podrá alcanzar el número máximo de 10 personas.
Asimismo se permite el Chárter Náutico, se podrán alquilar motos náuticas y embarcaciones por parte de personas que residan en la misma provincia, isla o ciudad autónoma en la que se encuentre la empresa de alquiler.